
A partir de esa fecha, todas las mercancías que ingresen, transiten o se transborden en puertos de la Unión Europea deberán contar con una declaración electrónica previa (ENS), validada por las autoridades aduaneras al menos 48 horas antes de su carga.
Esto implica que ya no será posible emitir conocimientos de embarque (BL) de agente a agente sin contar previamente con toda la información correspondiente a los House Bills of Lading (HBL). Dicha información deberá ser proporcionada en el momento de enviar las instrucciones de carga, ya que cada HBL deberá ser declarado, por lo tanto, será necesaria toda la información correspondiente al envío de cada una de las partidas.
📌 Información obligatoria para cada envío:
- Datos completos del remitente, destinatario, vendedor y comprador
- Número de contenedor, peso bruto y número de precinto
- Descripción detallada de la mercancía (no se aceptan descripciones genéricas)
- Código arancelario (HS Code) con un mínimo de 6 dígitos
- Número y tipo de bultos
- Peso total de la carga
- Código UN en caso de mercancías peligrosas
Importante: La carga que no cuente con una declaración válida no podrá ser embarcada. Por ello, es imprescindible disponer de toda la información requerida antes de la carga del contenedor.
Además, dado que se exige una descripción detallada de la mercancía, no será posible utilizar descripciones genéricas. Esto significa que los despachos aduaneros deberán contemplar varios códigos arancelarios (HS Codes), uno por cada ítem declarado. Estos códigos deberán estar claramente indicados por el proveedor en las facturas comerciales.