El artículo 14 de la Constitución Española establece el principio general de igualdad y no discriminación, pero no desarrolla medidas concretas para garantizar esa igualdad en el ámbito laboral. Es decir, reconoce el derecho, pero no dice cómo se debe aplicar en la práctica. El Plan de Igualdad, sin embargo, es una herramienta más específica que obliga a las empresas a identificar desigualdades reales dentro de la organización y adoptar medidas concretas para corregirlas. Va más allá del artículo 14 anterior porque no solo prohíbe la discriminación, sino que impone obligaciones activas a las empresas para promover la igualdad efectiva.
El Plan de Igualdad desarrolla y aplica el principio constitucional de igualdad en el ámbito empresarial, estableciendo medidas prácticas para corregir desigualdades de género en contratación, promoción, salarios, conciliación, etc. Es decir, la Constitución dice «todos somos iguales», pero el plan de igualdad se encarga de que esa igualdad no quede solo en teoría. El Plan de Igualdad es la herramienta que baja a tierra el principio del artículo 14 de la Constitución en el ámbito laboral. No se queda en la mera prohibición de la discriminación, sino que establece medidas concretas para garantizar que la igualdad sea real y efectiva dentro de la empresa.
Incluye acciones como:
- Revisar los procesos de selección para evitar sesgos de género.
- Garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres en puestos equivalentes.
- Facilitar la conciliación de la vida laboral y personal.
- Prevenir el acoso por razón de sexo en el trabajo.
En España existen diversas leyes que establecen cómo deben actuar las empresas en relación con la igualdad, inclusión y la diversidad. A continuación, se detallan las principales normativas:
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Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Esta ley obliga a las empresas a implementar planes de igualdad que promuevan la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral. Además, establece medidas específicas para prevenir la discriminación por razón de sexo.
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Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación: Esta normativa amplía las obligaciones de las medidas, exigiendo la implementación de que aseguren la igualdad de trato y la no discriminación por diversas razones, incluyendo origen racial o étnico, religión, discapacidad, edad, orientación sexual e identidad de género.
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Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social (Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre) : Esta ley establece que las empresas con más de 50 empleados deben reservar al menos un 2% de sus puestos de trabajo para personas con discapacidad. Además, promueve la accesibilidad universal y la igualdad de oportunidades para este colectivo.
- Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBIQ+ : Esta ley obliga a las empresas con más de 50 empleados a implementar medidas planificadas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBIQ+, incluyendo la elaboración de protocolos de prevención del acoso o la violencia contra este colectivo.
En España, están obligadas a tener un Plan de Igualdad las siguientes empresas:
1. Empresas según su número de trabajadores
Las empresas con 50 o más trabajadores están obligadas a tener un Plan de Igualdad, según lo establece el Real Decreto 901/2020, que desarrolla el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
2. Empresas con Convenio Colectivo que lo exija
Si un convenio colectivo aplicable establece la obligación de contar con un Plan de Igualdad, la empresa deberá elaborarlo, independientemente de su tamaño.
3. Empresas obligadas por sanción de la Inspección de Trabajo
Si la Inspección de Trabajo y Seguridad Social detecta discriminación o desigualdades de género en una empresa, puede imponer la obligación de elaborar un Plan de Igualdad como medida correctiva.
En el caso concreto de AFtrans, no tenemos obligación de contar con un Plan de igualdad, pero aun así, a finales del 2024 empezamos a desarrollarlo de forma voluntaria y a mediados de este año, estará totalmente terminado. Ver Entrevista 2 Última Hora Mallorca a AFtrans